Autonomía del Paciente

La autonomía del paciente es un pilar fundamental de la bioética, junto con la no maleficencia, la justicia y la beneficencia. Este principio confiere a los pacientes el derecho a participar activamente en las decisiones sobre su salud y tratamiento médico, respetando su capacidad para elegir y su libertad para rechazar las diferentes alternativas de tratamiento disponibles para una determinada condición de salud. En este sentido, la autonomía del paciente, como derecho humano fundamental, encuentra amparo en los artículos 37, 38, 42, 49 y 61 de la Constitución de la República Dominicana.

Este derecho ha sido ampliamente reconocido y se concreta en la práctica clínica a través del diálogo entre el médico y el paciente. La información veraz y completa proporcionada por el profesional de la salud permite al individuo participar de manera activa en las decisiones sobre su salud, fortaleciendo así el vínculo de confianza entre ambos. La autonomía del paciente no solo es un derecho, sino también un elemento clave para una atención médica de calidad y centrada en el paciente.

Entonces, la AUTONOMÍA DEL PACIENTES es la capacidad del paciente de participar activamente en las decisiones relacionadas con su atención médica, en colaboración con los profesionales de la salud. Este derecho implica la obligación de los profesionales de proporcionar al paciente información clara y comprensible sobre su estado de salud, las opciones de tratamiento disponibles y los posibles riesgos y beneficios, para que pueda tomar decisiones informadas y acordes con sus valores y creencias.

No se debe confundir la autonomía del paciente con la autonomía de la voluntad. La «autonomía de la voluntad» se refiere a la capacidad general de un individuo para tomar decisiones en cualquier ámbito de su vida, no solo en el ámbito médico. En cambio, la autonomía del paciente se aplica específicamente al ámbito médico, donde los pacientes tienen el derecho de tomar decisiones informadas sobre su salud y tratamiento.

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